El Decreto establece tres rutas para la solicitud y evaluación farmacológica que permitiría el ingreso de biosimilares: la ruta del expediente completo, la ruta de la comparabilidad y la ruta abreviada. Esta última se realiza con estudios analíticos, a partir de la caracterización, documentación y experiencia clínica disponible.
La medida causó inconformidad en el gremio farmacéutico, quien a través de Afrido (asociación que agremia las principales farmacéuticas multinacionales), interpuso en 2016 una demanda ante el Consejo de Estado, solicitando a su vez la suspensión provisional del artículo 9 del Decreto mientras se producía un fallo, por considerarlo riesgoso para la salud de los pacientes y por no seguir los estándares internacionales de calidad.
Luego de un año, el Consejo se ha pronunciado mediante un auto negando la petición de las farmacéuticas, al no encontrar motivos para suspender el artículo en mención, y al no encontrar argumentos suficientes que demostrarán que la norma violaba los derechos fundamentales a la salud y a la vida. El Consejo tampoco consideró que el articulo fuese en contravía de los estándares internacionales de calidad.